12.04.2020 - No es lo mismo el estado de alarma que el confinamiento. Previsiones para mañana.
- Lolo
- 12 abr 2020
- 2 Min. de lectura
Gracias a como se ha respetado el confinamiento, las previsiones más bajas indican que, se han salvado más de 2.300.000 vidas. ¡Enhorabuena! ¡Felicidades a todos!
Buenas tardes a todos, ahí os va una previsión de los datos que podemos esperar mañana y una pequeña explicación de las diferencias entre estado de alarma y confinamiento.
La proyección de la media indica que podríamos llegar a un total de 170.800 casos, pero si sigue la tendencia de bajada, la cifra podría estar en torno a los 170.300, por debajo de ese número estaríamos en el factor más bajo de la serie. El total de fallecidos se podría acercar a los 17.500 y el de pacientes recuperados subir hasta los 65.500. Con estas cifras estaremos muy cerca del crecimiento 0 de casos activos y habremos llegado al segundo objetivo después de superar el dichoso pico.
En cuanto a La Rioja, va a ser difícil bajar el factor de hoy, que ha sido de 1,017, pero cualquier dato cercano, será un buen dato y confirmará que vamos descendiendo, especialmente si viene acompañado de una nueva bajada de pacientes hospitalizados. En cuanto a números, la proyección de la media indica que podríamos llegar hasta los 3.350 casos totales, pero la tendencia de bajada apunta a que le cifra estará en torno a 3.330, por debajo de esta cantidad tendremos el mejor valor de la serie. Se espera un nuevo descenso en los pacientes hospitalizados. La presión disminuye, poco a poco, pero va hacia abajo. Ahora más que nunca. #yomequedoencasa
Desde que el otro día en las Cortes, el Presidente del Gobierno dijo que es muy posible que tenga que volver a pedir una prorroga del estado de alarma, en algunos amigos ha cundido el desanimo, pensando que está previsto que se alargue el confinamiento. Puede ser, pero no necesariamente una cosa tiene que llevar a la otra. De hecho, es mi humilde opinión, pero el estado de alarma se debería prolongar mucho más que el confinamiento.
El estado de alarma está recogido en el artículo 116 de la Constitución y lo desarrolló la Ley Orgánica 4/1981 y permite dictar al Gobierno diversas medidas. La que nos incumbe ahora es la recogida en el artículo 11 a): "Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos."
De lo anterior entiendo que simplemente para obligar a que se mantenga la distancia de seguridad en los desplazamientos y comercios, evitar reuniones de más un número determinado de personas, poder impedir actos multitudinarios, partidos de fútbol, mantener los cines y teatros cerrados y un largo etcétera de cosas, harán necesario mantener el estado de alarma, aunque se levante el confinamiento. Y mientras deciden que podemos hacer y que no... pues ya sabéis. Hasta la Victoria. #yomequedoencasa
Para darle información visual a la situación os pongo el gráfico de la evolución de los nuevos casos a nivel nacional... que lleva varios días resistiéndose, pero en breve pasará a negativo.

Si alguien tiene interés en conocer como obtengo estos datos y porque se escribe este blog lo explico en esta entrada:
Hasta la victoria.
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